Inscritos como Commissaire aux Comptes en la Compagnie des Commissaires aux Comptes de Paris, podemos ser nombrados como auditores.
Al estar habilitados a ejercer en Francia como «Commissaire aux Comptes» podemos ser nombrados como auditores para :
- Emisión del informe de auditoría oficial ;
- Control del sistema administrativo a nivel contable, fiscal, juridico, laboral e informática de gestión ;
- Recomendaciones para mejorar el sistema utilizado y disminuir toda clase de riesgos.
En Francia, la legislación mercantil prevé el nombramiento de un auditor en todas las sociedades anónimas (SA) y las sociedades por acciones simplificadas (SAS) aunque no sobrepasen los límites económicos a partir de los cuales el nombramiento de un auditor legal es obligatorio.
Cuando interviene un auditor legal
Genéricamente, tiene que nombrar a un auditor legal por un período mínimo de seis años, toda sociedad que sobrepasa dos de los tres límites siguientes :
total del balance superior a 1.550.000 €
trabajadores mas de 50
cifra de negocios sin IVA superior a 3.100.000 €
También es obligatorio su nombramiento en caso de transformación de sociedad limitada (SARL) en sociedade anonima o en sociedad por acciones simplificada.
Su intervención es obligatoria en casos muy similares a los que existe en la legislación española.